DERECHOS BÁSICOS DE LOS ADULTOS MAYORES
APROBADOS EN LA CONVENCIÓN DE GINEBRA DE LA NACIONES UNIDAS, REALIZADA EN 1982, ESPERANDO QUE UN DÍA SE
CUMPLAN EN EL MUNDO ENTERO.
1.-
Tener acceso a alimentación, agua, vivienda, vestimenta y atención de salud
adecuados mediante ingresos propios suficientes y/o el apoyo de sus familias y
de la comunidad.
2.-
Tener la posibilidad de trabajar o tener acceso a otras alternativas de obtener
ingresos.
3.-
Poder participar en la determinación de cuándo y en qué medida cesarán de
desempeñar actividades laborales.
4.-Tener
acceso a programas educativos y de formación adecuados.
5.-
Tener la posibilidad de vivir en entornos seguros y adaptables a sus
preferencias y capacidades.
6.-
Poder residir en su propio domicilio por tanto tiempo como sea posible.
7.-
Permanecer integradas en la sociedad, participar activamente en la formulación
y en la aplicación de las políticas que afectan directamente su bienestar.
8.-
Poder buscar y aprovechar oportunidades de prestar servicio a la comunidad y de
trabajar como voluntarios en puestos apropiados a sus intereses y capacidades.
9.-Poder
formar movimientos o asociaciones de personas de edad avanzada.
10.-
Poder disfrutar de los cuidados y la protección de la familia y la comunidad de
acuerdo con el sistema de valores culturales de cada sociedad.
11.-
Tener acceso a servicios de atención de salud que les ayuden a mantener o
recuperar un nivel óptimo de bienestar físico, mental y emocional, así como a
prevenir o retrasar la aparición de la enfermedad.
12.-
Tener acceso a servicios sociales y jurídicos que les aseguren mayores niveles
de autonomía, protección y cuidado.
13.-
Tener acceso a medios apropiados de atención institucional que les proporcionen
protección, rehabilitación y estímulo social y mental.
14.-
Poder disfrutar de sus derechos humanos y libertades fundamentales cuando
residan en hogares o instituciones donde se les brinden cuidado o tratamiento,
con pleno respeto de su dignidad, creencias, necesidades e intimidad, así como
de su derecho a adoptar decisiones sobre su cuidado y sobre su calidad de vida.
15.-
Poder aprovechar las oportunidades para desarrollar plenamente su potencial.
16.-
Tener acceso a los recursos educativos, culturales, espirituales y recreativos
de la sociedad.
17.-
Poder vivir con dignidad y seguridad y verse libres de explotaciones y de malos
tratos físicos o mentales.
18.- Recibir un trato digno independientemente de la edad, sexo, raza o procedencia étnica, discapacidad u otras condiciones, y han de ser valorados, independientemente de su contribución económica.