DECLARACIÓN DE BARCELONA
Sobre la rehabilitación y los derechos humanos del enfermo mental.
Esta Declaración fue aprobada unánimemente durante la Sesión Plenaria de Clausura del 2º Congreso Mundial de la Asociación Mundial para la Rehabilitación Psicosocial, celebrado en Barcelona, España.
Atenta al hecho que según estimación unos cincuenta (50)
millones de seres humanos en todo el mundo, tanto en naciones desarrolladas
como en desarrollo, sufren de alguna forma de trastorno o incapacidad mental
grave,
Reconociendo que la misión primordial de la Asociación es de fomentar y estimular todas las medidas efectivas destinadas a satisfacer las
necesidades humanas básicas del enfermo mental grave, especialmente la
necesidad de una amplia gama de servicios de rehabilitación para mejorar el
desempeño personal, social y vocacional de estas personas,
Observando con preocupación que en muchos países, incluso
hasta en aquellos con un alto nivel de capacidad industrial y financiera, una
proporción considerable de enfermos mentales no logra obtener una información
humana, el adiestramiento técnico y los sistemas de apoyo financiero necesarios
para que puedan vencer su incapacidad para funcionar, reducir la posibilidad de
recaída, privándolos de esta manera de la posibilidad de llevar hasta el máximo
su potencial para vivir una vida feliz y productiva o para contribuir al
bienestar, a la viabilidad económica y social de su familia, la comunidad y la
nación,
Observando además, con aprobación de diversas
Declaraciones, Resoluciones, Convenciones e Informes emitidos por las Naciones
Unidas, su Asamblea General, Agencias Especializadas y las Organizaciones No
Gubernamentales Internacionales, incluyendo, entre otras, aquellas de la Organización Mundial de la Salud, la Organización Internacional del Trabajo, el Consejo Económico y Social, la Federación Mundial para la Salud Mental, la Asociación Mundial de Psiquiatría, la Asociación Mundial para la Rehabilitación Psicosocial,
Distinguiendo, para que se les preste especial atención,
los instrumentos identificados en el anexo adjunto,
Consciente que la implementación de los Derechos y
Principios especificados en las acciones tomadas por los organismos arriba
mencionados requieren con urgencia que los gobiernos revisen y, donde sea
necesario, corrijan sus prioridades nacionales, planes de desarrollo,
legislación y gastos para asegurar un nivel adecuado de los servicios de
rehabilitación psicosocial ofrecidos a sus residentes enfermos mentales,
I.
Declara que los enfermos mentales, al igual que otras poblaciones vulnerables,
tienen el derecho y ha de ser la obligación de la sociedad de proveer los
recursos y oportunidades –consecuentes con las posibilidades nacionales- que
les permita disfrutar de una vida plena, una seguridad económica compatible con
la dignidad humana como también el derecho de participar en el trabajo
productivo de la comunidad dentro de los límites de sus capacidades y
II.
Se compromete a dirigir el máximum de sus esfuerzos para terminar con esta
condición vergonzosa de la falta de hogar de millones de seres humanos enfermos
mentales lanzados a la deriva como resultado de una política pública insensible
e indiferente, o que estigmatiza a estos seres humanos como desmerecedores de los
derechos y beneficios de una sociedad civilizada, y
III.
Se compromete, además, a cooperar con, y de hacer un llamado a las Naciones
Unidas, sus Agencias Especializadas, los líderes de los Gobiernos Nacionales y
Ministerios pertinentes, y los Organismos No Gubernamentales para promover,
aprobar y propugnar políticas consecuentes con los principios aquí enunciados,
y
IV.
Instruye a la Junta Directiva de esta Asociación de presentar esta Declaración
al Secretario General de las Agencias Especializadas de las Naciones Unidas,
los Jefes de Estado de todas las naciones, los Ministerios de Salud, Finanzas y
Desarrollo y los delegados ante la Asamblea General de la Naciones Unidas.
Barcelona, 11 de Octubre de 1989